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El copyright
El Copyright o derecho de autor es, en esencia, el derecho que el autor de una obra tiene sobre decidir qué ocurre con esta.
El copyright de un software prohíbe al adquiriente de este su copia, distribución y/o modificación.
El autor está protegido por la ley de copyright automáticamente desde el momento en el que crea su obra, sin que para ello sea necesario registro ni inscripción alguna.
El autor de un software puede conceder a otros permisos para realizar ciertas acciones, haciéndolo constar en la licencia bajo la cual se ampara el programa, o bien poniendo este de manera explícita en el dominio público.
Por ello, un software que no está bajo ninguna licencia no es software libre. En otras palabras, los usuarios no tienen ninguna libertad si no existe una licencia que la otorgue.
Es importante entender que el software libre no es en absoluto contrario o incompatible a la existencia del copyright. De hecho el software libre se basa y apoya en el copyright para determinar los derechos del usuario final.
El dominio público
El software de dominio público es aquel que no tiene derechos de autor.
Debido a que cualquier cosa que se escriba queda automáticamente bajo derechos de autor, si alguien quiere liberar su proyecto al dominio público deberá declarar explícitamente su renuncia a esos derechos.
Si el código fuente de un software de dominio público está disponible, este es un caso especial de software libre sin copyleft. Si por el contrario, solo están disponibles los archivos ejecutables, no se trata de software libre.
Debido a que en el dominio público desaparecen los límites que impone el copyleft, cualquier persona, además de compartir el programa, puede realizar acciones no tan “honestas”, como adueñarse de él convirtiéndolo en un software privativo y distribuyéndolo bajo una licencia privativa.
Las licencias de software
Debido a las limitaciones propias del modelo establecido de derechos de autor, se crearon las licencias. La licencia de software es un documento legal que especifica los derechos que el adquiriente del software obtiene (por compra, descarga, …).
Existen muchos modelos y tipos de licencias. Desde el punto de vista del software libre, y según criterio de la propia FSF, podríamos clasificar las licencias de acuerdo a ciertos criterios:
- Si reúne los requisitos para ser calificada como licencia de software libre.
- Si es una licencia con copyleft.
- Si es compatible con la licencia GPL de GNU.
- Si en la práctica causa algún problema en particular.
Los programas propietarios a menudo vienen con una «End-user liecense agreement» (EULA)» que el adquiriente debe aceptar antes de usar el programa. El fabricante del software utiliza el EULA para prohibir ciertas acciones permitidas de forma predeterminada por la ley del copyright, como revender el software, y algunas otras.
Un software se convierte en libre si su autor, por medio de una licencia, otorga permisos a los adquirientes de dicho software, suficientes como para garantizar las 4 libertades del software libre.
La licencia de software libre más conocida es la General Public License (GPL), creada e impulsada por Richard Stallman, aunque existen otras.
En cuanto a OSI (Open Source Initiative), ellos promueven las licencias que según su opinión representan o son acordes con la filosofía Open Source, de la misma forma que la FSF aprueba licencias que respetan las cuatro libertades fundamentales del software libre.
Cualquiera podría embarcarse en un proyecto de software libre o código abierto, y crear una licencia propia que cumpla con los requerimientos de la FSF o OSI, respectivamente. Sin embargo, para las necesidades de la mayoría de personas, existen las suficientes licencias ya creadas y aprobadas por dichas entidades, como para que sea conveniente complicarse la vida redactando una nueva.
Existen proyectos para los cuales realizar una aportación de código requiere que el voluntario ceda los derechos de Copyright al proyecto. Este hecho, que puede parecer poco respetuoso con los derechos de propiedad intelectual, se puede entender fácilmente con un ejemplo: El Kernel de Linux no requiere asignación de copyright, por lo que cada voluntario que aporta una mejora conserva sus derechos sobre su fragmento de código. Esto ocasiona que cualquier cambio por conveniencia que se quiera realizar en la licencia del kernel sea prácticamente imposible, ya que el kernel es una maraña de fragmentos de miles de diferentes contribuidores. Así, sería necesario determinar el propietario de cada línea de código del núcleo y obtener su consentimiento, o bien sustituir estas lineas por código libre de copyright, y esto podría ser una odisea.
El copyleft
El copyleft es un método para proteger un software libre (o cualquier otro trabajo), impidiendo que alguien se “apropie” de él y lo redistribuya como privativo.
Un software originalmente distribuido bajo una licencia con copyleft, permanecerá siempre bajo ella. Así, cualquiera que quiera redistribuirlo, con o sin cambios, debe hacerlo bajo la misma licencia, otorgando así al usuario las mismas libertades que el autor original concedió.
Para utilizar el copyleft el producto debe tener obligatoriamente copyright o derechos de autor.
Existen licencias de software libre con y sin copyleft. La FSF utiliza y recomienda siempre licencias con copyleft, tal como la GPL de GNU.
La Licencia General Pública GPL de GNU
La GPL, General Public License o Licencia General Pública de GNU, es la licencia más popular y ampliamente utilizada de software libre con copyleft, aunque existen muchas otras. Fue creada por Richard Stallman en 1989 para su proyecto GNU.
La GPL, como cualquier licencia con copyleft, garantiza que un software GPL permanecerá siempre siendo GPL. Esto conlleva además, que si un autor escribe un nuevo programa incorporando partes de un programa GPL, el nuevo programa (la obra derivada) debería ser puesto bajo la GPL. Sin embargo, si el autor desea añadir estos fragmentos a su proyecto de software propietario, sin que ello provoque la violación de la licencia, podría optar por una de las siguientes soluciones: intentar negociar con el propietario del copyright GPL, y pactar por ejemplo una compensación económica, o bien puede voluntariamente liberar su programa bajo licencia GPL.
El kernel (núcleo) de GNU/Linux y la mayor parte de los paquetes de programas GNU están bajo la GPL.
En ciertos casos especiales, o si el desarrollador desea utilizar una licencia más permisiva que la GPL, la FSF recomienda la licencia Apache 2.0.
Cualquiera puede publicar su propio programa bajo la GPL de GNU, o bien modificar y publicar su propia versión modificada. Cuando se da el segundo caso, la GPL obliga al autor de una versión a poner su nombre en ella, para que la gente pueda distinguirla de otras versiones y así proteger la reputación de otros autores.
Dicho lo anterior, la GPL no obliga a nadie a publicar nada. Una persona puede querer modificar un software bajo GPL por cualquier motivo, y usarlo en privado.
Aparte de las restricciones que añade el copyleft, la GPL posee las características propias de cualquier licencia de software libre:
-
Es posible distribuir el software en formato ejecutable. En cualquier caso, el autor deberá incluir junto con el software:
- su código fuente, o bien hacer este disponible a petición durante un periodo de tiempo.
- una copia del texto de la licencia en cada uno de sus archivos fuente, de modo que el receptor pueda conocer sus derechos.
- El software podrá ser utilizado para cualquier propósito.
- Puede modificarse el código del software GPL, distribuirse copias modificadas o no, y venderlas al precio que se desee. Observar que la persona que comprase este software tiene la libertad de publicarlo y redistribuirlo gratuitamente.
Debido a que la versión 2 de GPL (GPLv2) no cuenta con la aprobación de toda la comunidad, muchos proyectos (entre ellos el núcleo Linux) permanecen bajo la antigua GPLv1. A día de hoy, la última versión de GPL es la 3.
Otras licencias
A continuación se enumeran otras licencias de software libre:
Licencia BSD
Creada por la Universidad de California para su distribución UNIX, la BSD es una licencia sin copyleft, mucho más permisiva que la GPL. El poseedor del software puede hacer prácticamente cualquier cosa con este, excepto crear la sensación de que su uso es apoyado o patrocinado por la universidad. A diferencia de lo que ocurre con la GPL, con la licencia BSD un desarrollador puede integrar código BSD en su propio software y distribuirlo en formato binario. Hacer esto con software GPL exigiría además distribuir el código fuente bajo GPL.
El texto de la licencia debe acompañarse junto al código fuente y, si se distribuye en formato ejecutable, su documentación.
A pesar de que BSD es una licencia que parece a priori “más libre” que la GPL u otras con copyleft, los defensores de la GPL argumentan la importancia de que el código permanezca libre para todo el mundo, en lugar de desaparecer dentro de programas propietarios.
Licencia Apache
Licencia de software libre compatible con la versión 3 de la GPL (no compatible con GPLv2). Similar a la BSD, en el sentido de que permite el uso y adopción de código licenciado sin necesidad de que el código, modificado y licenciado bajo Apache, se haga disponible para el público.
Cómo proteger contenido digital
Inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual
Es la opción oficial y más obvia.
Cada registro requiere el pago de una tasa.
Registro en SafeCreative
Safe Creative es una plataforma online de registro de la propiedad intelectual.
Esta plataforma nos permitiría demostrar la autoría sobre una obra, si fuera necesario. Es una buena idea, además del registro, mostrar el anagrama de Safe Creative en nuestro sitio web. Esto puede tener un efecto disuasorio.
Tiene un plan gratuito que nos permite almacenar hasta 500 Mb y 20 registros.
Es importante comprender que aunque idealmente lo mejor es disponer de una licencia sobre una obra reconocida legalmente, en ocasiones puede bastar con aportar evidencias sólidas sobre la autoría de una obra. Esto es precisamente lo que aporta Safe Creative.
El registro y posterior acreditación de identidad es un proceso sencillo que no merece especial explicación. Una vez hecho esto, Save Creative nos permitirá registrar obras, ya sean estas literarias, musicales, audiovisuales, de arte o de diseño.
Pueden consultarse muchos más detalles sobre Safe Creative en esta página.
Para ampliar información
[gnu.org] Sitio del proyecto GNU de la Free Software Foundation
- Listado de licencias con comentarios, del sitio GNU, con apartados de especial interés:
- Licencias para software que no son libres: Licencias privativas frecuentemente confundidas como de software libre. Observa como se describe la extendida creencia errónea de que el software sin licencia es libre. Todas las obras que se pueden poner bajo copyright, incluyendo los programas informáticos, tienen copyright de forma predeterminada si no se especifica lo contrario.
- Licencias para otro tipo de obras, distintas del software y la documentación, como por ejemplo las populares Creative Commons y la GNU Free Documentation License, adecuadas para libros de texto y material educativo sobre cualquier tema.
- Como elegir una licencia para su obra. Recomendaciones generales sobre qué licencia escoger.
- Como saber la licencia de un programa. Directorio de Software Libre de la FSF. Utilízalo para averiguar qué tipo de licencia utiliza un determinado paquete.
- Cómo usar las licencias de GNU para su propio software. Cualquiera puede poner su software bajo la licencia GPL GNU.
- ¿Qué obras se pueden registrar? | Registro de la Propiedad Intelectual. Un listado de tipos de contenido que es posible registrar, entre otros: software, libros o escritos en general, conferencias, composiciones musicales, cualquier obra audiovisual, obras de arte de cualquier naturaleza (escultura, dibujo, …)
- ¿Cómo se solicita el registro de una obra? | Registro de la Propiedad Intelectual.
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